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Planilla Integral de Liquidación de Aportes del Ministerio de Protección SocialLa planilla Integral es un formato inteligente que le permite a todas las personas y empresas pagar sus aportes al Sistema de la Protección Social, es decir para Salud (E.P.S.), Pensiones (A.F.P), Riesgos profesionales (A.R.P), Cajas de Compensación, Sena e Icbf. Esta Planilla Integral liquida los aportes que deben ser pagados de conformidad con las normas que rigen cada subsistema y le informa a la persona el valor total que debe pagar y el subtotal por cada subsistema. El valor se determina según la información que cada persona o empresa incluya en la Planilla, porque en ella debe señalarse cuanto es el ingreso de la personas (IBC), cuál es la condición de cada persona, si es un pensionado, si es un estudiante, si pertenece a la carrera diplomática, si es un trabajador doméstico, si es independiente o dependiente, si se trata de una madre comunitaria, entre otras condiciones o tipos de cotizantes que existen. Evítese sanciones... La Planilla Integral de Liquidación es el único formato válido para realizar a portes a los Sistema de la Protección Social. Con base en las fechas en las que su uso se volvió obligatorio, no se deben recibir pagos realizados por otros medios. Si no se cumple la obligación de pagar a través de PILA se podrán generar las sanciones contempladas para el incumplimiento de dicha obligación. Para conocer más acerca del pago de aportes por Planilla Integral Unificada, ingrese a: MiPlanilla.com
Usted debe registrarse en miplanilla.com para poder acceder a este servicio.
¿Que puedo hacer?Registro y pago de aportes al Sistema de Seguridad Social Integral
Instrucciones de ingreso
Fechas límite para la utilización obligatoria de la PILAEl pago de los aportes parafiscales propios del Sistema de la Protección Social , para los aportantes y pagadores de pensión que cuenten con menos de 20 de cotizantes y para los trabajadores independientes de efectuarán utilizando la Planilla Integrada de Liquidación de Aportes, bien sea en su modalidad electrónica o asistida, a más tardar en las fechas que se indican a continuación, de acuerdo con sus números de identificación.
Fechas de PagoEl Ministerio de la Protección Social a través del Decreto 1670 del 14 de Mayo de 2007, ha modificado las fechas de pago de la planilla única según el NIT o Cedula y ampliando el plazo para ingresar al sistema a las empresas con menos de 20 empleados, trabajadores independientes y personas naturales. Independientes:
Asesoría PersonalizadaRecuerde que usted cuenta con asesoría personalizada:
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