Esta línea a de crédito opera con el descuento automático mensual del subsidio familiar monetario al que tiene derecho el trabajador previa autorización.
-
Tener derecho al subsidio familiar monetario vigente (haber recibido subsidio en el último cierre)
-
Encontrarse al día en pagos a Compensar
-
Tener antigüedad de 1 año en la empresa para contratos obra o labor y temporal.
-
Compensar le permite pignorar hasta seis (6) cuotas del Subsidio Familiar Monetario, y hasta tres (3) de sus beneficiarios
-
Si el trabajador afiliado a la caja es beneficiario del subsidio familiar monetario mensualmente y necesita un servicio de Compensar puede acceder al crédito estableciendo como forma de pago la pignoración automática del valor correspondiente a uno o varios beneficiarios que tengan este derecho.
De esta forma, Compensar descontará las cuotas hasta la cancelación total de la deuda.
-
En caso que Compensar por cualquier motivo no realice el descuento del subsidio monetario el cual se acepta y ordena sin reserva alguna y por tanto el trabajador no pueda pagar oportunamente la(s) cuota(s), éste se compromete a cancelar, personalmente en las oficinas de Compensar la(s) correspondiente(s) cuota(s) dentro de los plazos previstos.
-
Para los contratos a término fijo el crédito se otorgará hasta la conclusión del contrato. Si el tipo de contrato es obra labor o temporal la antigüedad mínima exigida es de un año y el número de cuotas será máximo a 6.
-
Si el contrato es indefinido y la antigüedad es superior a 6 meses el número de cuotas será máximo a 6.
-
Se radica únicamente por ventanilla, directamente el afiliado se debe acercar a cualquiera de nuestras sedes y en las ventanillas de crédito firma libranza, carta de instrucciones y pagare en blanco.
-
Anexar carta laboral no mayor a 30 días de expedición indicando cargo, sueldo, antigüedad y tipo de contrato.
-
Desembolso únicamente en su Tarjeta Compensar.